Órganos responsables del máster
Las enseñanzas de máster son responsabilidad de los órganos de gobierno del centro donde se imparten. La Comisión Coordinadora de cada máster actuará como órgano responsable de esta titulación por delegación del consejo de gobierno afectado. La Comisión Coordinadora del Máster está formada por el/los decano/s o director/es de los centros implicados en la enseñanza, los jefes de estudios de las áreas correspondientes, los coordinadores del máster y los directores de los departamentos que participan en su impartición.
Entre otras, la Comisión Coordinadora del Máster tiene las funciones siguientes:
A efectos de gestión académica y económica, los másteres que se lleven a cabo entre varios centros de la UVic-UCC se asignarán a uno de los centros responsables, aunque a todos los demás efectos, especialmente los académicos, dependerán de la Comisión Coordinadora del Máster, que tiene asignadas las funciones descritas en el apartado anterior.
Para los másteres que se organicen conjuntamente con otras universidades, habrá que suscribir un convenio entre las universidades participantes que tenga en cuenta los acuerdos tomados en los órganos de coordinación universitaria y que se refiera a las cuestiones siguientes, preferentemente en los términos que se indican:
El convenio establecerá:
Acceso y admisión
Según el Real Decreto 1393/2007, en sus modificaciones recogidas en el Real Decreto 861/2010 y en el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, para acceder a una enseñanza de máster hay que disponer de:
La universidad comprobará que los títulos acreditan un nivel de formación equivalente a los títulos oficiales universitarios españoles y que facultan en el país expedidor del título, para las enseñanzas de máster. La admisión a un máster universitario no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo extranjero ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar los estudios. En cualquier caso, una vez superados los estudios, el título de máster que se obtenga tendrá plena validez oficial.
Se reservará un 5% de las plazas ofrecidas para el conjunto de estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad que durante su escolarización hayan requerido recursos y soportes para gozar de una normalización educativa plena.
La UVic-UCC tiene establecidos diferentes periodos anuales de preinscripción y admisión a los másteres. Los periodos de admisión posteriores al primer periodo sólo tendrán lugar en caso de que queden plazas vacantes.
Algunos másteres concretos, condicionados por circunstancias especiales, pueden tener otro calendario de preinscripción. Consulta el caledarió de preisncripción del máster en la pàgina web de la titualción.
Para los másteres que se imparten en los centros adscritos de la UVic-UCC o en otras universidades o instituciones, consulta el calendario y el procedimiento de preinscripción en la web del centro correspondiente.
Documentación a presentar en la preinscripción
Los candidatos a acceder a una enseñanza deberán cumplimentar la solicitud de preinscripción y presentar la documentación necesaria en función de los requisitos de acceso de cada máster:
Documentos obligatorios
Si la titualción de acceso al máster es de la UVic-UCC no será necesario presntar la docuemntación indicado en los puntos 2 y 3.
Otros documentos acreditativos
Estudiantes de último curso de grado
Los estudiantes de último curso de grado también pueden rellenar la solicitud de preinscripción y presentar la documentación de acceso antes del inicio del máster y, si procede, realizar la reserva de plaza (condicionada a tener el acceso definitivo).
Estudios fuera de España
La universidad acepta cualquier documento expedido en catalán, castellano o inglés. En caso de que el documento original no esté en ninguna de estas lenguas, será necesario acompañar el original de una traducción jurada.
Todos los documentos no españoles deberán ser oficiales y expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate, y, en su caso, deben estar legalizados.
Para acceder a estudios de nivel de máster universitario no es necesaria la homologación del título. En cualquier caso hay que presentar uno de los documentos según se detalla a continuación:
1. Si se dispone del título homologado en España: una copia compulsada del certificado de homologación del MEC.
2. Si no se dispone del título homologado: un certificado en el que se indique que con los estudios finalizados se puede acceder a estudios de un nivel mínimo de máster (nivel 3 del MECES o 7 del EQF) o equivalente en el país donde donde se hayan realizado los estudios.
Estudios realizados dentro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)
Si se ha estudiado dentro del EEES se podrá presentar el Suplemento Europeo al Título en lugar de los documentos mencionados en el punto anterior, siempre que se indique que se puede acceder como mínimo a estudios de nivel de máster.
En caso de no disponer del Suplemento Europeo al Título hay que presentar la documentación del apartado anterior (Estudios fuera de España).
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 22-05-2018
Darrera actualització, 22-05-2018
Los másteres del mismo ámbito disciplinario que grados de 180 créditos impartidos por la UVic-UCC incoporarán mecanismos para complementar el número de créditos de grado con el número de créditos del máster, de acuerdo con el artículo 12 del RD 1393/2007 y modificaciones posteriores.
La Comisión Coordinadora del Máster es el órgano que resuelve las solicitudes de admisión al máster.
Criterios y requisitos específicos de admisión
Los estudiantes serán admitidos a un máster de acuerdo con los requisitos específicos de admisión y los criterios de valoración de méritos del máster. Los requisitos de admisión de los másteres con directrices propias se adecuarán a lo que disponga la normativa reguladora específica de estas enseñanzas.
Se podrán determinar condiciones específicas de admisión, consistentes en el requerimiento de cursar créditos adicionales de nivelación o itinerarios determinados. Si procede, incorporará el reconocimiento de los conocimientos previos obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales o equivalentes, títulos propios universitarios o bien experiencia profesional en la resolución de admisión.
Selección
Cuando el número de solicitudes de acceso de personas que cumplan los requisitos sea superior al número de plazas de la enseñanza, para seleccionar los candidatos admitidos se aplicarán criterios de valoración de méritos. Los criterios establecidos por la UVic-UCC de manera general son los siguientes:
La Comisión Coordinadora del Máster puede concretar y ampliar estos criterios. En todo caso, la idoneidad de los estudios, el expediente académico y la experiencia profesional tendrán un peso conjunto no inferior al 70%.
Reserva de plaza
En algunos másteres, los estudiantes de último curso de grado que deseen ser admitidos deberán hacer efectiva la reserva de plaza. La admisión al máster estará condicionada a tener el acceso definitivo.
Se reservará un 5% de las plazas ofrecidas para el conjunto de estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad que durante su escolarización hayan requerido recursos y soportes para gozar de una normalización educativa plena.
Acceso en semestres posteriores
La entrada de estudiantes en semestres posteriores al inicial también será estudiada por el órgano responsable del máster en cada caso. La decisión sobre la admisión estará necesariamente condicionada al menos a los criterios siguientes:
Recurso de resolución de admisión
Los candidatos podrán presentar recurso contra las resoluciones asociadas al acceso según el procedimiento determinado por la Comisión Académica.
Certificado de admisión para estudiantes extranjeros
Los estudiantes extranjeros podrán solicitar la expedición del certificado de admisión.
Matrícula
La matrícula es responsabilidad de cada estudiante, que tiene, por tanto, la obligación de conocer y respetar las normativas de la UVic-UCC, tanto las de carácter académico como las de carácter económico.
En la UVic-UCC la matrícula es anual; las asignaturas son semestrales o anuales, según se indique en cada plan de estudios. La matrícula de una asignatura del plan de estudios da derecho a una convocatoria de evaluación dentro del mismo año académico de la matrícula.
En el momento de formalizar la matrícula, el estudiante asume que cumplirá los principios éticos y actuará en coherencia con dichos principios. Los principios éticos deben aplicarse a cualquiera de las actividades directas o indirectas vinculadas con la UVic-UCC, ya sea en el desarrollo de las asignaturas, en las colaboraciones con grupos de investigación, en actividades de comunicación y divulgación en las que el estudiante pueda participar, etc.
Los principios éticos de la UVic-UCC se encuentran recogidos en el código ético, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC el 17 de junio de 2014.
De manera específica la UVic-UCC podrá determinar la aplicación de criterios adicionales referentes a las cuestiones éticas, principalmente en las asignaturas vinculadas a investigación, prácticas externas y trabajos de fin de grado, y según las diferentes modalidades de impartición de un título .
El desarrollo de prácticas contradictorias con los principios mencionados puede implicar la activación de expedientes sancionadores para aquellos estudiantes que no los cumplan. Son singularmente objeto de estas malas prácticas las irregularidades en procesos de evaluación, en los usos del campus virtual, en la preservación de la dignidad de las personas y en el respeto a la UVic-UCC como institución.
Todas las producciones de los estudiantes que deriven de la actividad académica (p. ej. trabajos, exámenes y otras actividades) pueden ser tratadas por la UVic-UCC con fines docentes, de investigación, derivados de procesos de calidad o comunicación, de acuerdo con los derechos de propiedad intelectual.
Matrícula de másteres conjuntos con otras universidades
En el caso de másteres conjuntos con otras universidades, la matrícula se formalizará según lo recogido en el convenio, que deberá adecuarse a las directrices que se establezcan en los órganos de coordinación universitaria. Para asegurar la eficiencia en las gestiones, el convenio deberá fijar claramente las responsabilidades y las fórmulas para compartir la información necesaria entre las universidades.
La UVic-UCC ofrece al estudiante la posibilidad de matricularse parcialmente de los másteres.
Atendiendo a las especificidades de la enseñanza, la comisión coordinadora del máster fijará el número mínimo de créditos de matrícula por curso académico. También podrá establecer itinerarios académicos específicos para los estudiantes que no se matriculen de la totalidad de los créditos del curso.
Siempre que la memoria de verificación no indique lo contrario, en másteres de 60 créditos programados en un curso académico o másteres de más carga lectiva los estudiantes deben matricularse de un mínimo de 30 créditos a cursar y/o reconocer y, en másteres de 60 créditos programados en dos cursos académicos los estudiantes deben matricularse de un mínimo de 20 créditos a cursar y/o reconocer. En todos los casos, los estudiantes deben matricularse de un máximo de 75 créditos a cursar por curso académico, excepto en el caso de que sean los últimos créditos para finalizar el estudio.
El estudiante que debe cursar complementos de formación, podrá solicitar ampliar el número máximo de créditos a cursar presentando una instancia al jefe de estudios del centro.
Vía lenta
Los estudiantes que se matriculen del mínimo de créditos establecido tendrán la consideración de estudiantes a tiempo parcial (vía lenta).
Matrícula para finalizar los estudios. Convocatoria extraordinaria y convocatoria adelantada
El estudiante a quien al inicio de curso le quede un máximo del 10% de los créditos para finalizar la enseñanza tendrá derecho a una convocatoria extraordinaria de cada una de las asignaturas de las que ya se haya matriculado en años anteriores, pero solamente tendrá derecho a docencia durante el semestre en el que se imparta la asignatura.
Quedan excluidas de esta convocatoria extraordinaria todas las asignaturas de prácticas y de TFM. En este caso, si al estudiante le queda un máximo del 10% de los créditos para finalizar la enseñanza, podrá solicitar una convocatoria adelantada siempre y cuando estas prácticas o TFM sean de segundo semestre o anuales.
El estudiante deberá solicitar la convocatoria extraordinaria o adelantada con una instancia al / a la jefe/a de estudios o al / a la coordinador/a de la titulación.
Formalización de la matrícula
Calendario orientativo de matrícula:
MATRÍCULA DE LOS ESTUDIANTES DE NUEVO ACCESO
Primer periodo: mayo
Segundo periodo: junio
Tercer periodo: julio
Cuarto periodo: septimbre
Quinto periodo (opcional y a petición): octubre
MATRÍCULA DE LOS ESTUDIANTES DE SEGUNDO AÑO O POSTERIORES
La mayoría de los másteres tienen un único calendario de matrícula en septiembre o en octubre, pero algunos másteres concretos pueden tener otro calendario de matrícula. Consulta el calendario específico en el apartado de acceso de la página web del máster.
Para los másteres que se imparten en los centros adscritos o federados de la UVic-UCC o en otras universidades o instituciones, consulta el calendario y el procedimiento de preinscripción en la web del centro correspondiente.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 31-03-2020
Darrera actualització, 31-03-2020
Expedición del título
Los estudiantes que hayan superado los créditos establecidos en el plan de estudios del máster podrán solicitar la expedición del título universitario oficial de máster correspondiente y del Suplemento Europeo del Título (SET). En el caso de másteres conjuntos con otras universidades, la expedición de los títulos se hará de acuerdo con lo establecido en el convenio.
Solicitud de expedición
Para solicitar la expedición del título tanto presencialmente como en linea consulta el trámite al apartado de "Títulos" del siguiente enlace: https://www.umanresa
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 17-05-2016
Darrera actualització, 17-05-2016
Expedición de certificados
En cualquier momento el estudiante o ex-estudiante puede dirigirse al Departamento de Gestión Académica y solicitar un certificado de los estudios, (independientemente de si los ha finalizado o no).
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 17-05-2016
Darrera actualització, 17-05-2016
El título universitario debe ser retirado personalmente por la persona interesada o cualquier otra persona autorizada por vía notarial, ya sea en la propia universidad o bien a una delegación, embajada o consulado Español.
En caso de que el estudiante solicite el envío del título, los gastos de envío van a su cargo.
Una vez ha comprobado la exactitud de los datos que se hacen constar en su título, el estudiante deberá firmarlo.
El estudiante titulado podrá solicitar la expedición de un duplicado del título cuando sea necesario modificar o rectificar los datos iniciales del documento. El estudiante titulado deberá justificar documentalmente el motivo por el que solicita un duplicado y abonar, si procede, el precio establecido.
Los motivos más frecuentes de solicitud de duplicado del título son:
El estudiante titulado deberá pagar el precio establecido por la expedición de un duplicado del título en los siguientes casos:
En el caso de pérdida del título, además de la tasa de duplicado, el/la estudiante deberá pagar el importe de la publicación del anuncio en el BOE.
Otorgamiento de premios de titulación
Todos los cursos académicos se podrán otorgar premios extraordinarios para todas las enseñanzas oficiales que imparta cada centro de la UVic-UCC.
Para la concesión de premios extraordinarios se valorarán únicamente las calificaciones del expediente académico del estudiante. No se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en asignaturas reconocidas ni en actividades, trabajos o estudios que haya realizado de manera adicional.
Optarán a los premios extraordinarios todos/as los/as estudiantes de la Universidad que cumplan los requisitos siguientes:
a) Haber finalizado los estudios en cualquier convocatoria establecida para cada curso académico, con independencia del año en que el/la estudiante los haya comenzado.
b) Tener una calificación mínima de 8,5 en la ponderación del expediente académico, que se obtendrá según los siguientes criterios de ponderación: la suma de créditos superados (asignaturas de formación básica, obligatorias, optativas, de prácticas externas y de trabajo de fin de grado), multiplicados cada uno por el valor de la calificación que corresponda y dividido por el número de créditos cursados de aquellas asignaturas.
c) Haber cursado como mínimo la mitad de los créditos de la enseñanza en la UVic-UCC.
Entre los expedientes de una misma titulación que tengan una calificación superior al 8,5, se otorgará el Premio Extraordinario al que tenga la nota más alta y este hecho quedará recogido en el expediente académico del estudiante.
El Consejo de Dirección de la Universidad aprobará la concesión del Premio Extraordinario a propuesta de los diferentes centros.
Cuando en un estudio no se puedan conceder premios extraordinarios, a propuesta del Consejo de Dirección de los centros se podrá otorgar el premio al mejor expediente del estudio. Los criterios de ponderación del expediente académico serán los mismos que los expresados en el punto b) de este apartado. En este caso, no constará en el expediente académico del estudiante.
Normativa de permanencia
Con carácter general se establecen los criterios de permanencia siguientes:
Si un estudiante desvinculado desea continuar los estudios, deberá solicitar la posibilidad de volverse a matricular mediante una instancia. La instancia será resuelta por el rector/a de la Universidad a propuesta de la dirección del centro, previa validación del Vicerrectorado de Ordenación Académica.
Continuidad del programa formativo
La Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya no se compromete a ofrecer indefinidamente nuevas ediciones de todos los másteres. En caso de que un máster deje de impartirse, se garantiza el desarrollo de la enseñanza durante el curso académico posterior, para que los estudiantes puedan terminar los estudios aplicando los criterios de derecho a tutorias y evaluación.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 06-05-2020
Reconocimiento de créditos
De acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010 y por el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, el reconocimiento es la aceptación por parte de una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas oficiales en la misma o en otra universidad, son computados en otras enseñanzas a efectos de obtener un título oficial.
En la Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya el reconocimiento de créditos por formación adquirida en titulación académica oficial previsto en la normativa se circunscribe a los títulos de licenciado, arquitecto, ingeniero, máster universitario o doctor, y los títulos o certificados con declaración de equivalencia a los enumerados. El reconocimiento de créditos entre títulos con la misma denominación se aplicará con las limitaciones que introduce el Real Decreto 195/2016 en el Real Decreto 1002/2010 sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
Asimismo, el Real Decreto 1393/2007 también establece que podrán ser objeto de reconocimiento la formación adquirida en enseñanzas superiores oficiales no universitarias o en enseñanzas universitarias no oficiales (títulos propios), por coincidencia de competencias y contenidos y la experiencia laboral y profesional, si se acredita que se relaciona con las competencias inherentes al título.
La carga lectiva de la asignatura de origen del reconocimiento deberá ser similar o superior a la de la asignatura afectada del máster.
En ningún caso el Trabajo de Fin de Máster podrá ser objeto de reconocimiento.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 13 del Real Decreto 1393/2007, modificados por los Reales Decretos 861/2010 i 43/2015, los criterios para el reconocimiento de créditos en la UVic-UCC son los siguientes:
a) Enseñanzas oficiales
En la Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya el reconocimiento de créditos se basará en la coincidencia entre las competencias y contenidos correspondientes a los estudios universitarios oficiales previos de los estudiantes y los correspondientes al máster que deseen cursar. Si los estudios previos de los estudiantes están regulados de acuerdo con ordenaciones que no se definen por competencias, el estudio se basará en la coincidencia de contenidos. En todo caso, la carga lectiva de origen del reconocimiento deberá ser similar o superior a la de la asignatura del máster en cuestión.
b) Experiencia profesional o laboral
Se podrá reconocer hasta un 15 % máximo del total de los créditos del plan de estudios por actividad profesional o laboral, siempre que esté previsto en la memoria de verificación del título y se puedan acreditar por lo menos tres años de experiencia profesional relacionada con las competencias inherentes al título. En caso de que se lleven a cabo reconocimientos también para enseñanzas universitarias no oficiales (títulos propios), el conjunto de estos dos conceptos no podrá superar el 15 % de los créditos del plan de estudios. Los créditos del reconocimiento se incorporarán al expediente con la calificación de apto/a.
Podrán estar sujetas a reconocimiento por experiencia profesional las asignaturas de prácticas curriculares u otras asignaturas que conforman el plan de estudios, siempre que el estudiante pueda acreditar que, en el marco de su vida profesional, ha adquirido las competencias de las asignaturas a reconocer.
Las prácticas extracurriculares podrán ser reconocidas como prácticas curriculares únicamente en el caso de que deriven de programas que integran estudios y trabajo y de determinados programas de movilidad que pueda ofrecer singularmente algún centro.
c) Enseñanzas universitarias no oficiales
También podrán ser objeto de reconocimiento los créditos superados en enseñanzas universitarias no oficiales (títulos propios), por coincidencia de competencias y contenidos, siempre que tengan un nivel equivalente al de aquellos títulos oficiales (como graduados superiores, másteres i posgrados) y que esté previsto en la memoria de verificación del título. Los créditos del reconocimiento se incorporarán al expediente con la calificación de apto/a.
d) Enseñanzas superiores oficiales no universitarias
Excepcionalmente, se podrán reconocer créditos obtenidos en enseñanzas superiores oficiales no universitarias del mismo ámbito disciplinario que el del máster con coincidencia de competencias y contenidos.
e) Trabajo de Fin de Máster
En ningún caso se podrán reconocer los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Máster.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 31-03-2020
Darrera actualització, 31-03-2020
Documentación requerida
La solicitud de reconocimiento deberá ir acompañada de la documentación siguiente:
Para el reconocimiento de experiencia laboral se deberá aportar lo siguiente:
El centro podrá solicitar toda la documentación que considere necesaria.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 16-06-2015
Darrera actualització, 16-06-2015
Resolución de las solicitudes de reconocimiento de créditos
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 16-06-2015
Darrera actualització, 16-06-2015
Transferencia de créditos
La transferencia de créditos es la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos del estudiante (expediente académico y suplemento europeo al título) de los créditos que, habiendo sido obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales cursadas con anterioridad en la UVic-UCC o en otra universidad, no hayan conducido a la obtención de un título oficial y no hayan podido ser objeto de reconocimiento.
La transferencia se realiza a petición del estudiante.
a) El/la estudiante que se incorpore a un estudio debe indicar, antes de realizar la matrícula, si ha cursado estudios oficiales y no los tiene finalizados. Si se trata de estudios cursados en otra universidad, deberá presentar los mismos documentos que se requieren para el reconocimiento de créditos.
b) La transferencia de créditos se podrá solicitar después de realizar la matrícula si han cambiado las condiciones desde el momento de entrar a los estudios.
La competencia de resolución de los procedimientos de transferencia de créditos corresponde a los decanatos o las direcciones de los centros docentes.
Todos los créditos transferidos figurarán en el expediente tal como se especifican en el certificado académico personal aportado por el/la estudiante (la universidad donde se han obtenido los créditos, el curso académico, la calificación obtenida y otros posibles datos que se mencionen) y se reflejarán en el Suplemento Europeo al Título (SET).
Los créditos transferidos al expediente académico no se tendrán en cuenta en el cálculo de baremación del expediente.
Adaptaciones
El alumnado con estudios parciales de una titulación de un máster universitario de la UVic-UCC en proceso de extinción que haya sido sustituido por otro máster universitario, puede solicitar a la dirección del centro que se le aplique la tabla de adaptaciones establecida, que fija la correspondencia de asignaturas entre la titulación que se extingue y las asignaturas del máster que lo sustituye. La adaptación de las asignaturas optativas de los másteres en extinción se estudiará individualmente.
Si se trata de una titulación de carácter regulado, se le aplicará una adaptación en bloque de todos los créditos de formación obligatoria correspondientes al plan de estudios al que accede, de acuerdo con las competencias adquiridas en este periodo de formación previo, siempre que se cumplan dos condiciones: en primer lugar, que haya superado todo el conjunto de créditos de formación obligatoria de la formación previa; y en segundo lugar, que los dos planos estén sujetos a la misma regulación.
Todas las asignaturas que no puedan ser adaptadas serán transferidas.
Cuando una asignatura de origen se corresponda con una asignatura de destino, se mantendrá la misma calificación.
Cuando en el origen esté implicada más de una asignatura, la calificación de destino será la media ponderada. En caso de que la calificación de una de las asignaturas de origen sea matrícula de honor, solo se podrá mantener si la media ponderada es igual o superior a 9.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 06-05-2020
Evaluación y sistema de calificaciones
El objeto de esta normativa es regular la evaluación y el sistema de calificaciones del proceso de aprendizaje de las enseñanzas de máster estructurados según el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y modificaciones posteriores.
El sistema de calificaciones que se aplica está regulado en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio estatal, en el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para que las universidades expidan el suplemento europeo al título (SET), y modificaciones posteriores.
Se entiende por evaluación el proceso de recogida de información y de valoración del grado de consecución por parte de los estudiantes de los resultados de aprendizaje fijados en cada una de las diferentes asignaturas. Esta valoración se llevará a cabo a partir de la recogida continuada de evidencias cuantificables y objetivas y de acuerdo con el establecimiento de unas condiciones claras y de criterios debidamente publicitados en la guía del estudiante. Superar este proceso de valoración significa haber alcanzado los objetivos formativos previstos y obtener una calificación numérica mínima de 5 en una escala de 0 a 10.
La normativa sobre la evaluación y el sistema de calificaciones es de aplicación para los centros propios, federados o adscritos de la Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya.
Será objeto de evaluación si se han alcanzado las competencias (básicas, transversales, generales y específicas) concretadas a través de los resultados de aprendizaje que se hayan definido en las guías del estudiante y que correspondan a los objetivos y los contenidos especificados en los programas de las asignaturas.
La guía del estudiante debe concretar las condiciones en las que se desarrolla la evaluación de cada asignatura. En ella deberá constar como mínimo:
En caso de que el profesorado tenga previsto aplicar algún tipo de limitación en la aplicación del cálculo de la nota final de la asignatura, será necesario que esta limitación esté aprobada por el departamento y se exprese explícitamente en la guía del estudiante.
Los másteres evaluarán de forma continua y habrá una única convocatoria oficial por matrícula.
La evaluación se entiende como un proceso continuado dentro del período fijado para cada asignatura, de acuerdo con el calendario de la UVic-UCC.
La evaluación continua se realizará mediante un conjunto de métodos, técnicas e instrumentos definidos en el programa, que deberán aplicarse de manera progresiva e integrada a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Los criterios de evaluación y calificación se establecerán en el programa, el documento básico de referencia del estudiante, se comunicarán antes de la matrícula y se mantendrán a lo largo del curso académico.
Las pruebas orales que se llevan a cabo de forma telemática se grabarán para que, en caso de disconformidad con la calificación obtenida, el estudiante pueda someter el caso a un eventual tribunal de revisión. En el momento de iniciar la prueba se informará al estudiante de la grabación y de su finalidad. La grabación puede no efectuarse si la prueba se lleva a cabo delante de un tribunal.
El estudiante tendrá derecho a obtener un justificante de asistencia a una actividad de evaluación.
La UVic-UCC puede determinar las medidas de seguridad que considere oportunas para comprobar la identidad de los estudiantes en las diferentes actividades y pruebas de evaluación y también puede plantear la repetición de algunas de estas pruebas cuando existan sospechas razonadas de que una persona no es la autora del texto que se está evaluando.
El profesor podrá solicitar la identificación de un/a estudiante en cualquier momento durante el transcurso de una prueba de evaluación.
Las acciones irregulares que pueden conducir a una variación significativa de la calificación de un estudiante o más, constituyen una acción fraudulenta de una actividad de evaluación. Asimismo, se considerará una falta grave en la evaluación que el estudiante cometa plagio (total o parcial) en sus trabajos o actividades, ya sea en documentos de acceso público o e tipo privado. En estos casos se actuará de acuerdo a la normativa interna de cada centro y la falta conllevará una calificación de suspenso y numérica de 0 de la actividad correspondiente, con independencia del proceso disciplinario que se pueda instruir.
Se considera falta grave la suplantación de la identidad del estudiante, aunque sea consentida, en todo lo que afecta a su desarrollo académico y formativo y, por tanto, también en el momento de la evaluación. En este sentido la clave de acceso al campus virtual es personal e intransferible y el estudiante es responsable del uso adecuado de su perfil para acceder a las aulas virtuales y de todo lo que un abuso o mal uso del servicio pueda comportar.
En la aplicación de esta normativa se deberá prever la adaptación de los sistemas de evaluación para los estudiantes con necesidades educativas especiales que se incluyan en su Plan individualizado, derivadas de discapacidades, debidamente justificadas.
Se calificará con un "No presentado" cuando:
Se calificará con un "Suspenso" cuando:
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 22-05-2018
Darrera actualització, 22-05-2018
El/la estudiante tendrá derecho a ser evaluado/a de todas las asignaturas de las que esté matriculado/a durante el curso académico correspondiente.
Los/as estudiantes deberán ser evaluados/as y calificados/as de acuerdo con lo que establezca la guía del estudiante publicada y el plan de trabajo o la planificación de cada asignatura.
Siempre que se indique en el programa, la evaluación continua no impide el establecimiento de pruebas u otras actividades de síntesis, cuya calificación no podrá superar el 50 % de la nota final.
La regulación de la evaluación del Trabajo de Fin de Máster se describe en el apartado "Trabajo de Fin de Máster".
Los centros establecerán las actividades de aprendizaje y de evaluación de las Prácticas que, en cualquier caso, deberán tener en cuenta la memoria final presentada por el/la estudiante y el informe de la empresa, entidad o institución donde se lleven a cabo.
Tal y como se ha expresado anteriormente, la evaluación continua en las asignaturas debe permitir al estudiante disponer de diferentes informaciones sobre su proceso de aprendizaje a lo largo de la asignatura. Esta información le debe aportar elementos para mejorar el logro de las competencias y resultados previstos. El profesorado utilizará diversos instrumentos de evaluación para obtener esta información de manera periódica. Es responsabilidad del profesorado explicitar los criterios de evaluación de forma apriorística, explicar al estudiante la calificación otorgada y también orientarlo para la mejora. Si es necesario, el profesorado puede derivar al estudiante a los servicios especializados de apoyo para procesos tutoriales más específicos recogidos en el Plan de Orientación y Acción Tutorial.
Dentro de la convocatoria establecida, al final del período lectivo de cada asignatura, los centros podrán fijar una fecha para que los estudiantes puedan realizar una prueba final, entregar trabajos o recuperar alguna parte de la materia, siempre que se establezca así en los planes docentes.
Los resultados de evaluación se deberán dar a conocer en los plazos fijados por cada centro y se deberán ajustar a lo establecido en el calendario académico y administrativo de la UVic-UCC.
El profesorado puede comunicar la fecha de publicación de las calificaciones el mismo día de la prueba o de la entrega de un trabajo. Las calificaciones, tanto de las pruebas parciales como de la nota final, deberán hacerse públicas a través del campus virtual o de la intranet en un plazo de quince días laborables.
Con criterio general, el calendario de firma de actas de los másteres será el siguiente, aunque algunas enseñanzas sometidas a circunstancias especiales se regirán por un calendario alternativo, del que se informará a los estudiantes afectados.
Calendario de firma de actas:
Asignaturas del primer semestre: febrero / marzo.
Asignaturas del segundo semestre y anuales: septiembre / octubre.
Para obtener los créditos de una materia o asignatura se deberán haber superado las condiciones de evaluación establecidas en el programa de la asignatura correspondiente.
El nivel de aprendizaje conseguido por los estudiantes se expresará mediante calificaciones numéricas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre:
0 - 4,9: Suspenso
5,0 - 6,9: Aprobado
7,0 - 8,9: Notable
9,0 - 10: Sobresaliente
Suspenso: ---
Aprobado: 6
Notable: 8
Sobresaliente: 9,5
Matrícula de Honor: 10
Suspenso: 0
Aprobado: 1
Notable: 2
Sobresaliente: 3
Matrícula de Honor: 4
El/la estudiante tendrá derecho a la revisión de los resultados de las diferentes actividades de evaluación.
Revisión, recurso y custodia de los resultados de evaluación
Revisión de los resultados de evaluación
El profesorado deberá poner en manos del departamento las evidencias de evaluación que se hayan recogido en soporte papel o no digital. Debe conservar dichas evidencias de la evaluación (trabajos, pruebas ejercicios…) como mínimo durante un año después de la fecha de firma de las actas. La entrega de los trabajos se hará prioritariamente y con carácter general en formato digital y a través del aula virtual, salvo aquellos casos en los que el profesorado lo exprese de alguna otra forma concreta. En caso de recurso, los documentos de evaluación se deberán conservar hasta la resolución firme.
En el momento que el profesor/a responsable de la asignatura publica las notas fija la data de revisión. La revisión tiene que ser individualizada y tener en cuenta tanto la aplicación de los criterios de evaluación como la calificación obtenida.
Recurso contra resoluciones del profesorado responsable de la asignatura
El estudiante podrá presentar, durante los diez días siguientes a la publicación de las calificaciones, una solicitud razonada de revisión al Director de estudios de la enseñanza correspondiente y solicitar la constitución de un tribunal para realizar una nueva revisión de la misma. Si lo considera oportuno, el/la director/a de estudios nombrará tres profesores/as que constituirán el tribunal, del que no podrá formar parte el/la profesor/a responsable de la calificación objeto de reclamación. El tribunal podrá modificar la calificación inicial obtenida por el/la estudiante y, si es así, el acta correspondiente será firmada por los miembros del tribunal y el/la jefe/a de estudios. Contra la resolución anterior y durante los 10 dias siguientes a la publicación de la resolución, el estudiante podrá elevar recurso al Decanato, el cual resolverá en última instancia el recurso presentado.
Custodia de las calificaciones
El acta de calificaciones de una asignatura deberá ser firmada por el profesorado responsable de dicha asignatura. Las calificaciones firmadas por el profesorado serán las únicas válidas.
El acta quedará depositada en el Departamento de Gestión Académica de la Universidad.
En caso de que se haya producido algún error en la nota que aparezca en el acta, para subsanarlo es necesaria la firma del / de la profesor/a de la asignatura, la del / de la coordinador/a de la titulación y la del / de la jefe/a de estudios del centro. La modificación se notificará al estudiante en el plazo de diez días hábiles después de realizar la modificación.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 16-06-2015
Darrera actualització, 16-06-2015
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 06-05-2020
Prácticas externas
El objetivo de esta normativa es regular las actividades de prácticas externas (de carácter curricular y extracurricular) llevadas a cabo por estudiantes en instituciones, empresas y entidades durante su formación universitaria en cumplimiento del RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
En el mismo sentido, en aplicación del RD 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario se reconoce, entre otras cosas, a los estudiantes de máster, la posibilidad de hacer prácticas curriculares y extracurriculares con una finalidad formativa. Estas prácticas se podrán llevar a cabo en la misma universidad, en grupos de investigación, departamentos, centros, institutos u otras unidades que dependan de ellos.
Todo lo que se expresa en la normativa mencionada hace referencia a las distintas situaciones de prácticas que se puedan dar, tanto a nivel de la tipología de prácticas, como del ámbito de realización. Si en alguna de estas o de otras situaciones se determinan condiciones (académicas o administrativas) específicas, se recogerán en este mismo apartado o en las bases del programa específico de las que puedan derivar.
Esta regulación también se aplica a las prácticas adscritas a titulaciones o planes de estudio en extinción, excepto en aquellos casos en que, por razones académicas o de gestión, deban aplicarse criterios específicos derivados de la normativa anterior a la aprobación de la presente.
Según el artículo 2 del RD 592/2014, las «prácticas externas» constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los estudiantes universitarios y supervisada por las universidades que tiene por objetivo permitir a los mismos estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, que faciliten su ocupabilidad y fomenten la capacidad de emprendimiento.
Las prácticas constarán de dos partes:
En la memoria oficial de verificación de cada titulación se establece el total de horas correspondiente a la estancia del estudiante en la empresa o institución de prácticas. Si no se especifica lo contrario, se destinan 25 horas de actividad formativa o de estancia en la empresa o institución de prácticas por cada crédito ECTS previsto en la asignatura. De dichas horas, un mínimo de un 5% deben reservarse a la elaboración y redacción de la memoria. En el caso de titulaciones con directrices en las que se regule el número de horas, se podrá establecer una equivalencia de 30 horas por crédito ECTS.
El objetivo de las prácticas es completar la formación del estudiante de manera que este pueda aplicar los conocimientos adquiridos y facilitarle la adquisición de las competencias técnicas, metodológicas y personales necesarias para incorporarse a la vida profesional. Las prácticas deberán permitir asimismo el establecimiento de vínculos y relaciones con la empresa o institución para facilitar la incorporación del estudiante al mundo laboral.
También deberán permitir que el estudiante ponga a prueba su capacidad crítica y reflexiva, y su capacidad de análisis y de síntesis de las áreas estudiadas, así como su integración en equipos profesionales para contribuir a su formación integral.
Para llevar a cabo las prácticas se respetarán los criterios de accesibilidad, igualdad de oportunidades y no discriminación entre los estudiantes y se establecerán en cada caso los medios y apoyos necesarios, especialmente en el caso de estudiantes con condiciones de discapacidad.
En el marco de un máster, el/la estudiante podrá realizar prácticas de dos tipos:
a. Prácticas curriculares: son asignaturas del plan de estudios de los títulos oficiales o propios y tienen carácter obligatorio u optativo.
b. Prácticas extracurriculares: son prácticas de carácter voluntario que se cursan durante el periodo de formación. Anualmente la UVic-UCC puede plantear diferentes programas de prácticas extracurriculares con condiciones específicas.
Con carácter general, la duración máxima de prácticas en una empresa o institución (después de sumarlas al resto de prácticas que se hayan podido realizar) no puede superar las 900 horas por curso académico, incluyendo también en este cómputo la redacción de la memoria.
Después de finalizar los estudios, el estudiante puede llevar a cabo prácticas en empresas u otras instituciones de ámbito europeo en el marco del programa Erasmus+ (Prácticas para nuevos titulados). En este caso, si se ofrecen, el Servicio de Carreras Profesionales o el servicio responsable de prácticas se encargarán de orientar al estudiante y de facilitarle toda la información y gestión. Estas prácticas no se rigen por la presente normativa.
Los estudiantes de otras universidades que lleven a cabo una estancia de prácticas en la UVic-UCC, que en este caso actúa como institución de acogida (empresa), deberán seguir el protocolo que fije el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Sus prácticas no se regirán por la presente normativa.
Las diferentes tipologías de prácticas previstas se pueden llevar a cabo en los ámbitos siguientes:
Se consideran prácticas internacionales aquellas en las que la estancia en el centro o institución de prácticas se lleva a cabo fuera del territorio español, a pesar de que el convenio pueda ser a través de instituciones españolas que actúen como intermediarias. Así, pues, las prácticas internacionales implican siempre una movilidad fuera del territorio español.
Las prácticas internacionales se pueden dar en dos situaciones diferentes:
Podrán realizar las prácticas (curriculares o extracurriculares) los estudiantes que tengan formalizada la matrícula correspondiente. También estudiantes de otras universidades de España o del extranjero que lleven a cabo una estancia de movilidad en la UVic-UCC.
Cada centro o facultad determinará los períodos ordinarios y extraordinarios de realización de las estancias de prácticas para cada titulación según los calendarios académicos y la organización de los semestres. También anualmente informará y publicará en el campus o en la web las fechas relevantes de cara a los estudiantes para el correcto desarrollo y organización de los diferentes periodos de prácticas. En caso de que el estudiante no cumpla los plazos y procedimientos establecidos, el centro o facultad podrá determinar la no continuidad y no realización de las prácticas.
Las prácticas extracurriculares se podrán autorizar a lo largo del curso académico y también en periodos de verano si se cumplen los siguientes requisitos:
Los responsables de prácticas de cada centro o facultad establecerán los criterios de aceptación o no de prácticas que se pueden llevar a cabo en el marco de las empresas o instituciones en las que el/la estudiante pueda estar o haber estado trabajando, ya que las prácticas forman parte de la actividad académica y, por tanto, no implican la existencia de relación laboral entre el/la estudiante y la empresa, entidad o institución donde se realicen. Además, la realización de las prácticas no comporta la incorporación a ningún puesto de trabajo.
En el caso de prácticas internacionales, los plazos o periodos en los que se realizan las estancias de prácticas pueden estar condicionados por los propios programas de movilidad o por las condiciones que establezcan las empresas o instituciones colaboradoras extranjeras.
Todas las prácticas que se realizan en la UVic-UCC estarán reguladas por un convenio específico de prácticas entre la UVic-UCC y la empresa o institución, pública o privada, en el que se concretan los términos de la cooperación entre ambas partes para la formación de los estudiantes de prácticas. En el caso de prácticas de movilidad internacional que se lleven a cabo en el marco del programa Erasmus+, excepcionalmente se podrá prescindir del convenio específico de prácticas, que quedará sustituido por el «Learning agreement for traineeships» y, cuando se trate de Erasmus Estudio, por el «Learning agreement for studies».
Por parte de la UVic-UCC, el convenio específico de prácticas deberá estar firmado por el/la director/a del Servicio de Carreras Profesionales en delegación del / de la rector/a o por el/la decano/a en delegación del / de la rector/a. Por parte de la empresa, institución o entidad, el convenio estará firmado por el representante legal o por la persona en quien delegue su función.
Únicamente cuando en el marco de unas prácticas internacionales la firma del convenio o anexo no haya sido posible con anterioridad al inicio de las prácticas, se podrá responsabilizar al estudiante de la firma de la documentación una vez iniciada la estancia.
La formalización del convenio de cooperación educativa y del anexo de la estancia de prácticas se llevará a cabo antes de la incorporación de los estudiantes en la empresa, institución o entidad.
Los convenios de la UVic-UCC con «centros formadores acreditados» quedan regulados por las normativas generales vigentes que establecen las Administraciones autonómicas competentes en materia de Salud y Enseñanza. Para el resto de prácticas, el convenio entre la empresa o institución de prácticas y la UVic-UCC, debe hacer constar en sus cláusulas:
Cualquier convenio de prácticas deberá incluir el anexo específico de prácticas en el que se detallan las condiciones concretas de cada práctica de forma individual para cada estudiante o para cada uno de los grupos de estudiantes que desarrollen las mismas tareas, en la misma empresa o institución y en los mismos periodos.
El anexo incluirá como mínimo:
El estudiante dispondrá de una copia del anexo o será informado de su contenido según establezca cada facultad.
En el caso de prácticas de movilidad internacional que se lleven a cabo en el marco del programa Erasmus Plus, excepcionalmente se podrá prescindir del anexo al convenio, que quedará sustituido por el «Learning agreement for traineeships» y, cuando se trate de Erasmus Estudio, por el «Learning agreement for studies».
Para la tutorización y el seguimiento de las prácticas se determinará un/a profesor/a o tutor/a por parte de la UVic-UCC y un/a tutor/a de la empresa o institución en la que se lleve a cabo la estancia de prácticas. El/la tutor/a de la empresa o institución no puede ser la misma persona que desarrolla funciones de tutor/a académico/a por parte de la UVic-UCC.
El/la tutor/a académico/a de la UVic-UCC deberá ser un profesor o profesora de la rama de conocimiento de la titulación y su asignación se realizará en función de los procedimientos establecidos en cada centro y según la tipología de las prácticas que se desarrollen.
El/la tutor/a de la UVic-UCC deberá velar por:
El/la tutor/a de la empresa o institución principalmente deberá:
Cada centro o facultad establecerá los criterios de seguimiento y tutorización para cada tipología de prácticas, ya sea de forma general o específica para cada titulación o prácticum. En cualquier caso, toda estancia de prácticas de carácter curricular con una equivalencia igual o superior a 6 créditos ECTS incluirá como mínimo:
En cualquier caso y según las características o tipologías de las prácticas, desde los centros o facultades, de acuerdo con los responsables de prácticas de las diferentes titulaciones, se podrán establecer otros criterios adicionales para una tutorización y seguimiento correctos de las prácticas.
El protocolo de prevención y abordaje del acoso sexual y acoso por razón de sexo para el personal laboral de la UVic-UCC, aprobado en Consejo de Dirección de la UVic-UCC el 27 de abril de 2010, también es de aplicación a los estudiantes y profesionales en periodos de prácticas en empresas y otras instituciones.
Los estudiantes deben tener acceso a la información sobre prevención de riesgos laborales, en función del lugar donde realicen las prácticas.
Para el desarrollo de cualquier estancia de prácticas, el estudiante deberá disponer de los seguros establecidos en el momento de la matrícula y fijados, en su caso, según la tipología de prácticas. El centro o facultad, a través de los responsables de prácticas de la titulación, tiene el compromiso de comunicar al estudiante si su plaza de prácticas requiere algún tipo de seguro adicional (con coberturas específicas) distinta de la general y cuál es el procedimiento para contratarla.
En el caso de prácticas internacionales que se realicen en países de la Unión Europea, el estudiante deberá tener la tarjeta sanitaria vigente durante todo el período de la estancia. En estos casos, también se recomienda al estudiante contratar una póliza de asistencia en viaje.
Cuando la movilidad se realice fuera de la Unión Europea, el estudiante deberá suscribir obligatoriamente una póliza de seguro que cubra las contingencias de asistencia sanitaria derivadas de accidente, enfermedad o repatriación, las cuales podrán venir determinadas por la UVic-UCC. En todos estos casos, el estudiante también deberá disponer de una póliza de asistencia en viaje.
Las prácticas curriculares deberán estar informadas en la guía del estudiante con los mismos apartados que el resto de las asignaturas del grado. Adicionalmente el/la estudiante deberá disponer de la documentación en la que se recogen las orientaciones generales de prácticas u otros aspectos de carácter organizativo o curricular. En cualquier momento el/la estudiante tendrá a su disposición la siguiente información:
Para tener una información adecuada sobre el proceso organizativo y académico de las prácticas, el estudiante deberá tener acceso anualmente a:
La evaluación final de las prácticas externas llevadas a cabo por el estudiante corresponde al tutor académico de la UVic-UCC, por lo que los centros establecerán los mecanismos y condiciones de evaluación. En lo que se refiere a las prácticas externas curriculares, las condiciones se publicarán en la guía del estudiante y la evaluación tendrá lugar de acuerdo con los plazos que se establezcan en la descripción de la misma asignatura.
En el caso de las prácticas extracurriculares, en el plazo de quince días tras la finalización de la estancia de prácticas en la empresa o institución, el/la estudiante deberá entregar al / a la tutor/a la memoria final de evaluación.
En cualquiera de los casos, todos los procesos de prácticas externas deberán tener en cuenta los siguientes instrumentos de evaluación:
El/la estudiante tendrá derecho a recibir un informe de parte de la empresa o institución que le deberá permitir conocer la valoración de la actividad desarrollada en las prácticas.
Durante el periodo de las prácticas el/la tutor/a académico/a podrá solicitar al estudiante un informe de su seguimiento o aprovechamiento de las prácticas. Este informe se podrá tener en cuenta en el momento de la evaluación.
Serán motivo de «suspenso» en las prácticas curriculares o de «no apto» en las extracurriculares:
En las prácticas extracurriculares, el estudiante será calificado como apto / no apto. En el caso de estas prácticas, el jefe de estudios o figura equivalente del centro o facultad firmará el acta correspondiente.
Convocatoria adelantada de las prácticas
El estudiante al que al inicio de curso le queden las prácticas para finalizar la enseñanza y esté matriculado a una asignatura de prácticas de carácter anual o de segundo semestre, podrá solicitar convocatoria adelantada para el primer semestre a través de una instancia al jefe de estudios, convocatoria que, una vez resuelta, se hará llegar al Área de Gestión Académica.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 31-03-2020
Darrera actualització, 31-03-2020
En caso de que se solicite, la UVic-UCC emitirá los certificados acreditativos de prácticas, ya sea desde la perspectiva del / de la tutor/a de la empresa o de la institución colaboradora o del / de la tutor/a académico/a de la UVic-UCC. Cada uno de estos certificados se emitirá según el procedimiento establecido institucionalmente por la UVic-UCC y los centros o facultades. En el caso de los estudiantes, la información relativa a las prácticas se incluirá en el expediente académico y el SEP.
En el caso de las prácticas extracurriculares, el/la estudiante podrá solicitar que las prácticas se incluyan en su expediente académico. En ningún caso se contabilizarán como créditos requeridos en el plan de estudios. Hay que tener en cuenta que se registrarán únicamente aquellas estancias de prácticas extracurriculares de los estudiantes que hayan obtenido la evaluación de «aptos».
Siempre que esté previsto en la memoria de verificación del título, la actividad profesional se podrá reconocer por la asignatura de prácticas curriculares y hasta un 15 % del total de los créditos de la titulación. Alternativamente se podrá reconocer por otras asignaturas del plan de estudios, excepto el TFM, a criterio del jefe de estudios.
Para poder solicitar el reconocimiento se necesitan al menos tres años de experiencia profesional acreditada.
Para proceder al reconocimiento se valorará la adecuación de las competencias alcanzadas en la actividad profesional a la consecución de las competencias (básicas, generales, transversales y específicas) previstas en la asignatura de prácticas. Los créditos del reconocimiento se incorporan al expediente sin calificación.
La solicitud de reconocimiento deberá tramitarse a través del protocolo establecido para este trámite.
El estudiante que reciba algún tipo de retribución económica en concepto de bolsa de ayuda al estudio o para atender a gastos en sus prácticas, tendrá que dar cuentas de su actividad de acuerdo a la normativa y directrices que se establezcan en cada país concreto.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 06-05-2020
Trabajo de Fin de Máster
Todos los másteres acabarán con un Trabajo de Fin de Máster (TFM), que deberá defenderse públicamente ante un tribunal. El TFM deberá tener una extensión de entre 6 y 30 créditos.
Cada centro publicará su propio reglamento de Trabajo de Fin de Máster, que complementará esta normativa, válida de manera general para todos los másteres de la UVic-UCC.
Los centros pueden determinar que las comisiones coordinadoras de máster definan ciertos aspectos del reglamento para atender las especificidades de sus enseñanzas. También pueden proponer al vicerrectorado de ordenación académica la adaptación de esta normativa para atender circunstancias específicas: impartición online, elaboración del TFM en grupo, elaboración del TFM en instituciones externas u otras situaciones particulares que lo requieran.
La matrícula de la asignatura TFM tendrá lugar en el período y forma establecidos ordinariamente para todas las asignaturas de máster. Para poder matricularse del TFM, el estudiante deberá haberse matriculado también de todas las asignaturas requeridas para obtener el máster.
En cualquier caso, los estudiantes podrán realizar una única matrícula de esta asignatura a lo largo del curso académico y deberán adaptarse al calendario establecido para las actividades docentes que correspondan al semestre en el que estén matriculados.
Una vez matriculado de la asignatura, el estudiante deberá presentar a la Comisión Coordinadora una propuesta del trabajo que elaborará mediante el formulario establecido a través de la aplicación en línea del TFM. El documento deberá contener como mínimo información sobre la denominación provisional del trabajo, una descripción de los objetivos y, si procede, una propuesta de director/a.
Algunos planes de estudios de másteres con itinerarios o especialidades pueden requerir que el TFM se elabore en el ámbito académico con el que está vinculado el estudiante. Sin embargo, la Comisión Coordinadora del Máster podrá establecer unas líneas temáticas dentro de las cuales los estudiantes deberán adscribir sus trabajos, o bien podrá optar por que cada estudiante escoja libremente su tema, de acuerdo con los objetivos y competencias del máster.
Cada centro establecerá un plazo para la presentación de propuestas del TFM y comunicará el lugar y el medio para realizar la entrega, de acuerdo con el semestre de docencia de la asignatura. La Comisión Coordinadora del Máster resolverá sobre la aceptación de la propuesta del estudiante en un plazo breve y le comunicará la decisión a través de la aplicación en línea del TFM.
Convocatoria adelantada del TFM
Al estudiante al cual al inicio de curso le quede el TFM para finalizar la enseñanza y la asignatura de TFM sea de carácter anual o de segundo semestre, podrá solicitar convocatoria adelantada para el primer semestre a través de una instancia al coordinador de estudios, convocatoria que, una vez resuelta, se hará llegar al Departamento de Gestión Académica. En este caso, si se acepta, el centro deberá organizar un tribunal extraordinario en los plazos que se marquen durante dicho semestre.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 31-03-2020
Darrera actualització, 31-03-2020
La comisión coordinadora del Máster asignará a cada Trabajo de Fin de Máster (TFM) un/a director/a, cuyo nombre comunicará al estudiante a través de la aplicación informática del TFM o por medio de las herramientas que determine el centro, junto con la resolución de aceptación de la propuesta. Los TFM pueden tener 2 codirectores como máximo.
Los/las directores/as del TFM se asignarán teniendo en cuenta criterios de coherencia académica y de disponibilidad. Pueden ser nombrados/as directores/as: profesores/as de la UVic-UCC con dedicación, profesores/as del máster, profesionales de instituciones con convenio con la UVic-UCC para el ámbito científico del máster o bien profesionales de experiencia contrastada en este ámbito. Los directores de los TFM deberán poseer una titulación universitaria y específicamente para los másteres o itinerarios de investigación deberán ser doctores. En caso de que el trabajo se lleve a cabo en un centro externo o bien que lo dirija un profesor asociado, será necesario que los codirija o avale un profesor con dedicación a la UVic-UCC que reúna los requisitos de titulación indicados.
Funciones de los directores/as:
El TFM consiste en la elaboración de un trabajo original e inédito que se refleja en una memoria y una defensa pública.
La ejecución, el seguimiento y la evaluación del TFM son individuales. Respetando esto, el centro puede organizar la elaboración de trabajos que se interrelacionen.
La Guía del Estudiante de cada máster incluirá el plan docente de la asignatura TFM, que estará descrito al menos en los siguientes aspectos:
Durante el proceso de elaboración del TFM, el/la coordinador/a del máster se puede poner en contacto con el estudiante y el/la director/a para interesarse sobre su desarrollo.
La memoria del TFM se entregará únicament en formato digital a la Comisión Coordinadora del Máster a través de la aplicación en línea del TFM en los plazos y condiciones establecidos por el centro, de acuerdo con el periodo de docencia de la asignatura. Una vez entregada la memoria, no se podrán incorporar modificaciones o ampliaciones.
El estudiante puede entregar la memoria sin la autorización de su director.
El TFM termina con la defensa pública por parte del estudiante del trabajo elaborado. El acto de defensa tiene dos partes: exposición del trabajo y turno de intervenciones del tribunal. La exposición del trabajo tendrá una duración máxima de 30 minutos y deberá ajustarse a las orientaciones establecidas en el plan docente de la asignatura.
Los centros fijarán los períodos en los que se programarán los actos de defensa de los TFM a lo largo del curso académico, durante el periodo de docencia de la asignatura. De la organización de los actos de defensa se hará cargo la Comisión Coordinadora del Máster. Una vez recibidas las memorias y asignados los tribunales, la Comisión hará públicos el día, la hora y el lugar para cada acto de defensa a través de la aplicación en línea.
La defensa del TFM se realizará presencialmente en la Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya o bien en centros colaboradores o de apoyo.
La defensa pública del TFM se realiza ante un tribunal formado por tres miembros, uno de los cuales actúa como presidente y otro, como secretario. El nombramiento del tribunal corresponde a la Comisión Coordinadora del Máster y se hace público con suficiente antelación. Tanto el estudiante como los miembros del tribunal recibirán la comunicación de la configuración de los tribunales a través de la aplicación en línea del TFM.
Los miembros del tribunal se escogerán entre personas que reúnan los requisitos siguientes: profesorado de la UVic-UCC, profesorado específico del máster, profesionales de instituciones con convenio con la UVic-UCC del ámbito científico del máster o bien profesionales de experiencia contrastada en este ámbito. Los miembros del tribunal deberán tener título de doctor y perfil académico adecuado a los objectivos del master. El director/a del trabajo preferiblemente no formarà parte del tribunal.
Una vez terminada la defensa del trabajo, el tribunal deliberará a puerta cerrada y emitirá la calificación de la asignatura TFM, que comunicará inmediatamente después al estudiante, también a través de la aplicación en línea del TFM. El TFM será evaluado siempre de forma individual, aunque se haya elaborado en grupo.
La calificación del TFM se basa en la memoria presentada, la defensa y el proceso de elaboración del trabajo. Para aprobar el TFM es necesario haber superado tanto la memoria como la defensa del trabajo. La calificación se expresa en función de la escala de 0 a 10, con un decimal. El tribunal completará y firmará una hoja de calificación normalizada, que contemplará un apartado que permitirá que los miembros del tribunal, de forma individual, puedan hacer las consideraciones que crean oportunas. Un ejemplar de la hoja de calificación se entregará al estudiante, un segundo al director y un tercero al coordinador del máster, que lo depositará en la secretaría del centro, que lo registrará y lo custodiará.
En caso de que el TFM sea valorado con un 9,0 o más, el tribunal podrá proponer que le sea otorgada la mención de matrícula de honor. Una vez evaluados todos los estudiantes matriculados, la Comisión Coordinadora del Máster deberá otorgar la mención matrícula de honor entre los trabajos propuestos por parte de los tribunales. Como máximo se podrá otorgar matrícula de honor al 5 % de los alumnos matriculados en la asignatura y, en caso de ser menos de veinte, como máximo se otorgará una matrícula de honor.
Los Trabajos de Fin de Máster quedan sujetos a la Normativa sobre propiedad intelectual e industrial de la Universidad de Vic - Universidad Central de Catalunya.
Los TFM que obtengan una calificación de excelente y los que la comisión coordinadora del máster considere pertinentes serán depositados en la Biblioteca de la UVic-UCC e incluidos en los mecanismos de divulgación científica y docente en los que participe la institución, siempre que se disponga de la autorización expresa del estudiante.
Aprobado por la Comisión Académica de la UVic-UCC, 06-05-2020